POLÍTICA DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE INVERSIONES TAHA S.A.S

 

INTRODUCCIÓN

A través de este documento, se constituye de parte de INVERSIONES TAHA S.A.S con Nit.: 900539045-0, inscrita en Cámara de Comercio de San Andrés bajo número de matrícula 33403, quien de ahora en adelante se le denominará “LA COMPAÑÍA”, las finalidades, medidas y procedimientos para la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de nuestras bases de datos, así como los mecanismos con que cuentan los titulares para conocer, actualizar, rectificar, suprimir los datos suministrados o revocar la autorización.

La presente Política, que en adelante y para efectos del presente documento se denominará PPYTDP, está organizada según el Índice de Contenido que se encuentra más adelante, y aplica para cualquier registro de datos personales realizado en forma presencial y/o virtual durante cualquier contacto que se realice entre los clientes presentes y/o potenciales, colaboradores, y proveedores. Cada titular de datos registra o entrega su información de manera libre y voluntaria, y reconoce que ha leído y acepta expresamente los presentes términos del presente documento.

 

I. MARCO NORMATIVO

El marco legal y constitucional, en adelante «Marco Normativo», bajo el cual se rige las presentes PPYTDP es el siguiente:

  • Constitución Política de Colombia, Artículo 15;
  • Ley 1266 de 2008;
  • Ley 1581 de 2012;
  • Decretos Reglamentarios 1727 de 2009, 2952 de 2010, 1377 de 2013;
  • Sentencias de la Corte Constitucional: C-1011 de 2008 y C-748 del 2011.

Y todas aquellas normas que modifiquen o adicionen las leyes y decretos aquí listados.

 

II. DEFINICIONES

Para efectos de las presentes PPYTDP, se tendrán como definiciones de los términos utilizados, en las normas mencionadas en el Marco Normativo, en especial las Leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012, y el Decreto 1377 de 2013, de las cuales se incluyen las siguientes:

a) Definiciones Ley 1266 de 2008:

    • Dato Personal: Es cualquier pieza de información vinculada a una o varias personas determinadas o determinables o que puedan asociarse con una persona natural o jurídica. Los datos impersonales no se sujetan al régimen de protección de datos de la Ley 1266 de 2008. Cuando en la Ley 1266 de 2008 se hace referencia a un dato, se presume que se trata de uso personal. Los datos personales pueden ser públicos, semiprivados o privados. Para efectos de estas Políticas, los Datos Personales definidos en la Ley 1266 de 2008 se denominarán «Dato Personal Crediticio», en el entendido que incorporan la Información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países, con el alcance dado por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-748 de 2011.
    • Dato Semiprivado: Es semiprivado, el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su Titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general, como el dato financiero y crediticio de actividad comercial o de servicios a que se refiere el Título IV de la Ley 1266 de 2008.
    • Dato Privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el Titular.
    • Información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países: Para todos los efectos de la Ley 1266 de 2008, y de la Política, se entenderá por información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países, aquella referida al nacimiento, ejecución y extinción de obligaciones dinerarias, independientemente de la naturaleza del contrato que les dé origen.

b) Definiciones Ley 1581 de 2012:

    • Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables. Para efectos de esta Política, cuando se haga referencia al término «Datos Personales», se entenderá exclusivamente realizada a los datos personales definidos en la Ley 1581 de 2012, con el alcance otorgada por esta normatividad.
    • Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de Datos Personales por cuenta del responsable del Tratamiento. • Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la Base de Datos y/o el Tratamiento de los datos.
    • Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre Datos Personales (Ley 1581 de 2012), tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión. Para efectos de las presentes PPYTDP, se entenderá que el Tratamiento abarca también la recolección, captura, almacenamiento, uso, circulación, transmisión, transferencia o supresión de «Información Protegida», según se define en el presente documento.

c) Definiciones Decreto 1377 de 2013:

    • Datos Sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.
    • Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el responsable del Tratamiento y/o el Encargado del Tratamiento de Datos Personales, ubicado en la República de Colombia, envía la información o los Datos Personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera de la República de Colombia.
    • Transmisión: Tratamiento de Datos Personales que implica la comunicación de estos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado del Tratamiento por cuenta del responsable del Tratamiento.

Las anteriores definiciones deberán ser tomadas en consideración del sentido y ámbito específico de cada concepto dentro de la norma correspondiente. El Marco Normativo forma parte integral de las presentes PPYTDP.

Los demás términos definidos en el presente documento tendrán el significado que aquí se les asigna.

 

III. PRINCIPIOS ORIENTADORES:

LA COMPAÑÍA, en el tratamiento de la información recolectada y entregada por sus clientes, usuarios, empleados, proveedores, subcontratistas y cualquier otro tercero, en adelante los «Titulares», en el desarrollo y giro de sus negocios y actividades en Colombia, sea que se trate dicha información de Datos Personales y/o Datos Personales Crediticios, en adelante «Información Protegida», respeta y respetará los derechos de cada uno de estos sujetos, aplicando y garantizando los siguientes principios orientadores de la Política:

a) Principio de Legalidad: En el tratamiento de la Información Protegida, se dará aplicación a las disposiciones vigentes y aplicables, que rigen el tratamiento de esta y demás derechos fundamentales conexos, incluyendo las disposiciones contractuales pactadas por LA COMPAÑÍA con los titulares, según corresponda.

b) Principio de Libertad: El tratamiento de la Información Protegida, sólo se llevará a cabo con el consentimiento, previo, expreso e informado del titular. La información protegida, que no tenga el carácter de Datos Públicos, no podrá ser obtenida o divulgada sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal, estatutario, o judicial que releve el consentimiento.

c) Principio de Finalidad: El tratamiento de la Información Protegida que no tenga el carácter de Dato Público, a la que tenga acceso y sea acopiada y recogida por LA COMPAÑÍA a través de LA COMPAÑÍA, estará subordinada y atenderá una finalidad legítima, la cual será informada al respectivo titular de la Información Protegida.

d) Principio de veracidad o calidad: La Información Protegida sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error. LA COMPAÑÍA, no será responsable frente al titular cuando sean objeto de tratamiento, datos o información parcial, incompleta o fraccionada o que induzca a error, entregada por el titular sin que existiera la forma de ser verificada la veracidad o calidad de esta por parte de LA COMPAÑÍA, o la misma hubiere sido entregada o divulgada por el titular declarando o garantizando, de cualquier forma, su veracidad o calidad.

e) Principio de Transparencia: En el tratamiento de Información Protegida, se garantizará el derecho del titular a obtener de la Compañía, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de cualquier tipo de Información Protegida que sea de su interés (legal, judicial o contractualmente justificado) o titularidad.

f) Principio de Acceso y Circulación Restringida: La Información Protegida, no estará disponible en internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a LA COMPAÑÍA, los titulares o terceros debidamente autorizados. Para estos propósitos la obligación de LA COMPAÑÍA será de medio, según lo establece la normatividad vigente en el marco normativo.

g) Principio de Seguridad: La Información Protegida bajo la presente PPYTDP, será objeto de protección en la medida en que los recursos técnicos y estándares mínimos así lo permitan, a través de la adopción de medidas tecnológicas de protección, protocolos, y medidas administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros y repositorios electrónicos evitando su adulteración, modificación, pérdida, consulta, y en general en contra de cualquier uso o acceso no autorizado.

h) Principio de Confidencialidad: LA COMPAÑÍA y/o cada una de las personas que este tenga como colaboradores o empleados, y que tengan acceso a Información Protegida, que no tenga el carácter de pública, y se encuentre en Sistemas de Información, o bases, o bancos de datos, de terceros debidamente autorizados, se comprometen a conservar y mantener de manera estrictamente confidencial y no revelar a terceros todas o cualesquiera de las informaciones personales, comerciales, contables, técnicas, comerciales o de cualquier otro tipo suministradas en la ejecución y ejercicio de sus funciones. LA COMPAÑÍA y sus colaboradores podrán utilizar los sistemas de información y bases de datos de propiedad de LA COMPAÑÍA, en adelante «Sistemas de Información».

 

IV. ALCANCE:

La presente PPYTDP, tendrán alcance consagrado en las normas legales que forman parte del Marco Normativo. En consecuencia, estas normas legales serán aplicables para todas las operaciones de LA COMPAÑÍA en Colombia, salvaguardando el uso o tratamiento que este dé a la Información Protegida, en cumplimiento de los requisitos legales.

 

V. DERECHOS DE LOS TITULARES:

Los Titulares tendrán los derechos consagrados en el Marco Normativo, y en los contratos celebrados con LA COMPAÑÍA, según les sean aplicables teniendo en cuenta la Información Protegida objeto de tratamiento por parte del mismo.

Los Titulares sujetos al tratamiento de Datos Personales, tendrán específicamente los derechos previstos por la Ley 1581 de 2012, pero sin limitarse a los descritos en el Artículo 8, y todas aquellas normas que la reglamenten, adicionen o complementen.

Los Titulares sujetos a Tratamiento de Datos Personales Crediticios, en caso que LA COMPAÑÍA recolecte dichos datos, tendrán específicamente los derechos previstos por la Ley 1266 de 2008, pero sin limitarse a los descritos en el Artículo 6, y todas aquellas normas que la reglamenten, adicionen o complementen.

Para efectos de interpretación de las leyes y decretos que se expidan en la materia, se tendrá como parámetro de interpretación legal y constitucional las sentencias de la Corte Constitucional de Colombia. Los derechos de los Titulares se interpretarán en armonía y equilibrio con el derecho a la información previsto en el Artículo 20 de la Constitución Política de Colombia y demás normas concordantes.

Para toda aquella Información Protegida, que sea recolectada por LA COMPAÑÍA, y que no tenga el carácter de: Datos Personales de carácter privado o semiprivado; y Datos Personales Crediticios de carácter privado o semiprivado, los derechos de los Titulares serán únicamente aquellos establecidos y pactados de manera contractual con LA COMPAÑÍA. En todo caso frente a esta información, LA COMPAÑÍA garantizará la seguridad y confidencialidad de la misma cuando esté sujeta a ello y los principios orientadores de las Políticas que les sean aplicables.

Tratándose de información o datos de carácter público, LA COMPAÑÍA garantizará la veracidad y calidad de la información que ostenta esta calidad y que repose en los Sistemas de Información.

En el evento que cualquiera de que un tercero, autorizado expresamente por LA COMPAÑÍA, tenga acceso o realice el tratamiento legítimo y autorizado de Información Protegida de los Titulares, se garantizará lo establecido los principios y alcance de la presente PPYTDP según les sea aplicable. Frente a los Titulares, LA COMPAÑÍA será el único responsable de garantizar el cumplimiento de estas Políticas por parte de estos terceros autorizados.

 

VI. DEBERES DE LA COMPAÑÍA:

a) Deberes Generales en el Tratamiento de los Datos: LA COMPAÑÍA de manera general, y de conformidad con el Marco Normativo, las normas legales que regulan sus relaciones jurídicas con los Titulares, y en especial, las obligaciones específicas que asume frente a los Titulares, tiene como deber general en el Tratamiento de Información Protegida el respetar y garantizar en todo momento los derechos propios de los Titulares, garantizando, según su aplicación y el carácter de la información utilizada, la confidencialidad, reserva, seguridad e integridad de la misma.

b) Deberes Especiales como responsables del Tratamiento de Datos: Se consideran como deberes especiales de LA COMPAÑÍA, cuando actúe como responsable del Tratamiento de Datos Personales y Datos Personales Crediticios, entre otros, los siguientes:

    • Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;
    • Solicitar y conservar, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular, cuando se traten de Datos Personales y Datos Personales Crediticios privados o semiprivados;
    • Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada;
    • Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
    • Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible;
    • Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada;
    • Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento;
    • Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado;
    • Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular;
    • Tramitar las consultas y reclamos formulados;
    • Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo;
    • Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos; y
    • Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.

 

VII. AUTORIZACIONES, CONSENTIMIENTOS, FINALIDAD Y MODIFICACIONES

a) Autorización y consentimiento: El tratamiento de Datos Personales y Datos Personales Crediticios privados o semiprivados, por parte de LA COMPAÑÍA, requiere del consentimiento libre, previo, expreso e informado del Titular. LA COMPAÑÍA en todo momento dejará constancia de la autorización entregada por el Titular, a través de los medios idóneos que garanticen que la misma fue otorgada de manera expresa, libre, previa e informada, como lo son las autorizaciones por escrito, en medios electrónicos, u otorgadas al aceptar términos y condiciones de LA COMPAÑÍA, el aviso de privacidad correspondiente que soporta el tratamiento de los Datos Personales, o cualquier otro mecanismo que permite acreditar y demostrar un registro, acceso o vinculación con LA COMPAÑÍA.

El Titular está obligado a aceptar la presente PPYTDP: Antes de empezar a usar por primera vez LA COMPAÑÍA; y cada vez que LA COMPAÑÍA realicen modificaciones a la presente PPYTDP. El Titular no podrá acceder y hacer uso de LA COMPAÑÍA, hasta tanto no haya dado su consentimiento libre, previo, expreso a la presente PPYTDP.

LA COMPAÑÍA no cuentan con herramientas para determinar con exactitud cuándo un Titular ha leído y entendido la presente PPYTDP. En consecuencia, será responsabilidad absoluta del Titular leer, entender y aceptar el texto de la presente PPYTDP. LA COMPAÑÍA entienden, que el Titular que utiliza LA COMPAÑÍA: Ha tomado el tiempo necesario para leer y entender su contenido, y al haber leído y entendido el contenido de la presente PPYTDP en su integridad está de acuerdo con ella y ha dado su consentimiento libre y expreso. Cualquier duda relacionada con la presente PPYTDP o con la forma como la misma es implementada por LA COMPAÑÍA puede ser absuelta a través del correo electrónico secretaría@classic.com.co.

b) Finalidades: LA COMPAÑÍA, solo recaudarán los datos que sean necesarios, pertinentes y no excesivos para la finalidad establecida. Los datos personales de los titulares, con los que cuenta LA COMPAÑÍA serán tratados con los siguientes fines:

    • Información sobre Contratistas y Trabajadores: Identificar la identidad de los colaboradores de LA COMPAÑÍA permitiendo a la misma la plena identificación de los mismos, el contacto y comunicaciones para todos los efectos de lo señalado en el reglamento interno de trabajo adoptado por LA COMPAÑÍA, además de fines probatorios dentro de procesos disciplinarios y/o judiciales, carnetización y demás documentos de identificación o reconocimiento de personal laboral o civil vinculado con LA COMPAÑÍA.
    • Información de Proveedores: Identificación, manejo de comunicaciones y gestión de los servicios ofrecidos por los proveedores a LA COMPAÑÍA.
    • Información de Clientes y Clientes Potenciales: A través de la información recolectadas dentro del marco de la consecución de negocios y agenda comercial de LA COMPAÑÍA se utilizará la información con fines comerciales de oferta de productos y/o servicios afines a sus preferencias, y comunicaciones referentes a tal aspecto como: Estrategias de mercadeo y fidelización, estudio de mercados, servicio al cliente y fines comerciales en general.
    • Aplicación de SAGRILAFT: La información en general recolectada de todos los actores que interactúan con LA COMPAÑÍA será tratada con la intención de aplicar todas las políticas señaladas en el SAGRILAFT adoptado por la misma.

 

c) Modificaciones: La presente PPYTDP podrá ser modificada y adicionada en cualquier momento, en cumplimiento de requerimientos establecidos por las normas legales correspondientes. El nuevo documento de PPYTDP o modificaciones a documentos anteriores será debidamente actualizado, indicando la fecha de actualización, y estará publicado oportunamente en sitio web de LA COMPAÑÍA. Las modificaciones que LA COMPAÑÍA haga serán notificadas a los Titulares para que éstos a su vez procedan a aceptar nuevamente su contenido con las modificaciones hechas. Adicionalmente, LA COMPAÑÍA podrá, pero no estará obligada a, hacer notificaciones de las modificaciones vía correo electrónico.

 

VIII. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

Con base en el Principio de Seguridad, establecido en la normatividad vigente y de conformidad con las obligaciones legales que LA COMPAÑÍA poseen, este mismo adoptará las medidas tecnológicas, operativas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros e Información Protegida de los Titulares, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

 

IX. DATOS E INFORMACIÓN SENSIBLE:

LA COMPAÑÍA manifiesta a todos los Titulares, que en el evento que se de en el ejercicio y desarrollo de sus actividades, solicite el Tratamiento de Datos Sensibles, o realice efectivamente el Tratamiento de Datos Sensibles para la correcta operación o funcionamiento de los diferentes procesos y actividades de su empresa, dará cumplimiento a las pautas y restricciones que para tales propósitos establece el Marco Normativo, reiterando que en ningún momento los Titulares estarán obligados a autorizar el Tratamiento de Datos Sensibles. Todo Titular deberá consentir y autorizar expresamente a LA COMPAÑÍA el Tratamiento de Datos Sensibles bajo la presente PPYTDP.

 

X. UTILIZACIÓN Y TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN PROTEGIDA

LA COMPAÑÍA, se reserva el derecho de utilizar, transmitir o transferir tanto localmente como internacionalmente Información Protegida. Sin embargo, en aquellos eventos de uso, transferencia y transmisión de información, LA COMPAÑÍA garantizará al Titular el cumplimiento de los principios aplicables y contenidos en la presente PPYTDP. Cuando se trate de la transferencia de Datos Personales, LA COMPAÑÍA, dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, en especial el Artículo 26, y demás normas que lo modifiquen, adicionen o complementen.

 

XI. ATENCIÓN DE RECLAMOS Y CONSULTAS

El Titular o sus causahabientes que consideren que la Información Protegida contenida en un Sistema de Información, o en una base de datos, debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en el Marco Normativo, podrán presentar un reclamo o solicitud ante LA COMPAÑÍA, remitiéndola en una primera instancia a través del siguiente correo electrónico: secretaría@classic.com.co, en adelante el «Correo Electrónico Autorizado».

Para efectos de proceder a cualquier solicitud, es importante que el Titular exprese de manera clara su solicitud exponiendo de manera detallada la misma. LA COMPAÑÍA atenderán y darán respuesta a los reclamos o solicitudes de los Titulares en los plazos y términos establecidos para el efecto por el Marco Normativo.

 

El Titular, sin perjuicio de lo anterior, y en el evento que no haya sido atendida su solicitud o reclamo por parte de LA COMPAÑÍA, podrá en todo caso acudir posteriormente en una segunda instancia, ante la Superintendencia de Industria y Comercio (www.sic.gov.co). En dicho evento, para la presentación del reclamo ante la Superintendencia de Industria y Comercio se tomará en consideración la naturaleza de la Información Protegida, siendo procedente cuando dicha información no tenga el carácter de información pública o sea un Dato Público, y LA COMPAÑÍA estén en violación de los principios aplicables para la información pública o de un Dato Público.

Concretamente LA COMPAÑÍA, en el giro ordinario de sus negocios podrán incorporar la Información Protegida dentro de los Sistemas de Información. LA COMPAÑÍA, como responsables del Tratamiento garantizan que los Sistemas de Información cumplen en su integridad la presente PPYTDP, y, en consecuencia, garantiza que cualquier Titular podrá:

a) Conocer en cualquier momento la información que reposa en los Sistemas de Información;

b) Solicitar la actualización o rectificación de los datos allí incorporados; y

c) Solicitar, salvo en aquellos eventos previstos en las autorizaciones, consentimientos, finalidad y modificaciones; la supresión de sus datos notificando al PROPIETARIO, haciendo uso del correo electrónico autorizado.

 

XIV. INFORMACIÓN DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

Para todos los efectos legales, los responsables del Tratamiento de la Información Protegida serán LA COMPAÑÍA, identificado como se apunta en el encabezado del presente documento, y quien podrá ser contactado vía correo electrónico a: secretaría@classic.com.co

 

XV. VIGENCIA

La presente PPYTDP de LA COMPAÑÍA tendrá vigencia a partir del 21 de junio de 2015.

 

XVI. CONTROL DE MODIFICACIONES